Cuando los dos cónyuges están de acuerdo, el divorcio deja de ser un pleito y se convierte en un trámite: se pacta cómo queda la familia, se firma y se ratifica. Es la vía más rápida, más barata y —sobre todo— la que menos desgasta a quien tiene que seguir tratándose durante años por los hijos.
Qué hace falta para divorciarse de mutuo acuerdo
Desde la reforma de 2005 no hay que alegar ninguna causa ni justificar nada: no existe el divorcio «por culpa» de alguien. Los requisitos son dos.
- Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio (artículo 81 del Código Civil). Ese plazo no se exige cuando existe riesgo para la vida, la integridad física, la libertad o la indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos.
- Que ambos firmen un convenio regulador con todo lo que afecta a la familia y al patrimonio común.
El convenio regulador: lo que de verdad se negocia
El convenio es el documento que va a gobernar los próximos años, y casi todos los conflictos posteriores nacen de convenios escritos con prisa. Debe cubrir, como mínimo:
- La patria potestad y la guarda y custodia de los hijos menores, y el régimen de comunicación y estancias con el progenitor con el que no convivan.
- La pensión de alimentos, su actualización y el reparto de los gastos extraordinarios: qué se considera extraordinario y quién decide antes de gastarlo.
- El uso de la vivienda familiar y del ajuar, y qué ocurre con la hipoteca si sigue viva.
- La pensión compensatoria, si el divorcio produce un desequilibrio económico para uno de los dos.
- La liquidación del régimen económico del matrimonio, que puede hacerse en el mismo acto o dejarse para después.
Un convenio que dice «los gastos extraordinarios se pagarán al 50 %» sin definir qué son garantiza una discusión al primer curso escolar. Un convenio que fija que la vivienda se venderá «cuando sea posible» garantiza otra.
¿Juzgado o notaría?
Depende de si hay hijos menores o con la capacidad judicialmente modificada:
- Sin hijos menores ni con discapacidad: el divorcio puede formalizarse en escritura pública ante notario, con la asistencia de abogado. Es la vía más ágil.
- Con hijos menores o con discapacidad: la tramitación es judicial. Se presenta la demanda de mutuo acuerdo ante el juzgado, informa el Ministerio Fiscal en defensa del interés de los menores, los cónyuges ratifican el convenio y el juzgado lo aprueba por sentencia.
En el mutuo acuerdo la ley permite que un solo abogado y un solo procurador actúen por los dos cónyuges, lo que reduce el coste de forma apreciable. Esa dirección letrada compartida solo es posible mientras no haya conflicto de intereses: si aparece una discrepancia real, cada uno necesita su propio abogado.
Cuánto tarda de verdad
La parte que depende del despacho —preparar el convenio y la documentación— se mide en días o semanas. La que no depende de nadie es el señalamiento: los juzgados de familia de Vigo tienen su propia carga de trabajo y ese es, casi siempre, el tramo más largo. Un mutuo acuerdo bien preparado, con la documentación completa desde el primer día, es lo único que se puede controlar para que no se alargue.
Qué encarece un divorcio «de mutuo acuerdo»
- Un patrimonio sin documentar. Cuentas, planes de pensiones, un local, un coche a nombre de uno pero pagado por los dos: cada elemento sin papel es una negociación.
- Una hipoteca conjunta. El convenio reparte quién paga, pero frente al banco los dos siguen obligados hasta que se novate o se venda.
- Bienes o herencias en juego. Si además hay una sucesión abierta, conviene tratar las dos cosas a la vez; puede leer nuestro artículo sobre la legítima en Galicia.
- Cambiar de opinión a mitad. Si el acuerdo se rompe, el procedimiento pasa a contencioso y el coste y los plazos se multiplican.
Hablemos de su caso
Si ya tienen un acuerdo o están cerca de tenerlo, lo importante es dejarlo bien escrito antes de firmar. Llámenos al 986 16 76 72 o escríbanos desde la página de contacto. También puede ver en detalle cómo trabajamos en derecho de familia.
Aviso: este artículo es información general sobre la normativa aplicable y no sustituye el asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Cada asunto depende de sus hechos y de la documentación disponible.



